Los principios lógicos
LOS
PRINCIPIOS LÓGICOS.
Los “principios lógicos” constituyen
las verdades primeras, “evidentes” por sí mismas, a partir de las cuales se
construye todo el edificio formal del pensamiento, según la Lógica tradicional.
Dentro de una consideración más
moderna de la Lógica Formal, los principios lógicos serán los preceptos o
reglas “operantes” que rigen toda forma correcta de pensamiento.
El modo de considerar estos
principios ha variado a través de la Historia de la Lógica y del pensamiento
científico, pero la Lógica Formal ha coincidido en la formulación de cuatro
principios lógicos, aunque el cuarto no es aceptado por todos los lógicos.
Tales principios son:
1. Principio de identidad.
2. Principio de Contradicción (o Principio
de no-Contradicción).
3. Principio de Exclusión del término
medio (o Principio del medio excluido o Principio del tercero excluido o
Principio del Tercer término excluido)
4. Principio de Razón Suficiente.
Desde un punto de vista psicológico
(aunque no desde la Psicología Científica sino de la Psicología Racional), los
principios lógicos serían las leyes generales de “operación del pensamiento”,
es decir, las leyes que fundamentan los procesos lógicos.
Desde un punto de vista ontológico o
metafísico, estos principios serían las determinaciones más generales del “ser”
aún más generales que las categorías.
Pero desde un punto de vista
estrictamente lógico, sólo pueden ser considerados como las proposiciones
fundamentales que cimientan toda otra proposición en el pensamiento
“formalmente” correcto.
EL
PRINCIPIO DE IDENTIDAD.
El principio de Identidad fue
formulado por primera vez como parte de una teoría de la realidad del “ser”.
Ese principio afirmaba algo tan
general como que “El ‘ser’ es”; esto puede ser explicado diciendo que “todo
objeto es idéntico a sí mismo”.
Estas afirmaciones no son todavía
lógicas, pero con el tiempo, se reflexiono sobre las implicaciones lógicas de
ese principio, logrando la formulación lógico-formal del primer principio.
Esa formulación consistió en la
afirmación de la verdad de un juicio cuyo objeto sea idéntico al predicado (ese
tipo de juicio se ha llamado “juicio analítico”). El primer principio lógico se
ha resumido con la fórmula:
“A es A”
EL
PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN.
Este principio ha sido llamado
tradicional e incorrectamente “principio de contradicción”, cuando lo que se
enuncia es la imposibilidad de contradicción en el pensamiento.
Se trata del principio fundamental de
la Lógica clásica que descarta cualquier posibilidad de contradicción en el
pensamiento y en la realidad (esta implicación ha sido y es uno de los
obstáculos más fuertes que ha encontrado toda consideración dialéctica de la
realidad y el pensamiento).
La forma más plena del segundo
principio es la que se refiere a la no-contradicción entre dos juicios, tal
como se expresa en la fórmula:
“’A es A’ y ‘A no es A’ no son ambos verdaderos”
que se lee: El juicio ‘A es A’ y su
contradictorio, el juicio ‘A no es A’ no pueden ser verdaderos a la vez.La
forma original de este segundo principio es también ontológica y se formulaba
de la siguiente manera: “El ser es y no puede a la vez no ser”.
EL PRINCIPIO DE
EXCLUSIÓN DEL TÉRMINO MEDIO.
Como un complemento necesario del
principio de no contradicción, se formula el principio de exclusión del término
medio.
En su forma original, se refería
también a una estructura de la realidad y consistía en la afirmación de que no
hay término medio entre el “ser” y el “no-ser”.
En su forma lógica, este principio
debe entenderse como afirmando que dos juicios contradictorios no pueden ser
ambos falsos, tal como se sintetiza en al fórmula:
“’A es A’ y ‘A no es A’ no son ambos falsos”que se
lee:
El juicio ‘A es A’ y su
contradictorio, el juicio ‘A no es A’ no pueden ser falsos a la vez.
EL PRINCIPIO DE
RAZÓN SUFICIENTE.
Este es, de los cuatro principios
lógicos, el más discutido, pues no todos los lógicos clásicos lo acepten.
Su formulación fue muy posterior a la
de los otros, pues mientras los primeros tres se atribuyen a Parménides de Elea
–quien vivió en el siglo V antes de nuestra era-, el cuarto principio fue
formulado por Gottfried Wilhelm Leibniz aproximadamente en 1666, en plena Edad
Moderna.
El cuarto principio se enuncia:
“Nada es sin una razón suficiente”.
Christian Wolf en 1712 distinguió
entre tres modos de entender este principio:
a) Como “razón de ser”,
b) Como “razón de llegar a ser”
c) Como “razón de conocer”.
Dentro de la Lógica tradicional, se
ha entendido este cuarto principio en el tercero de los significados que
propuso Wolf. Desde ese punto de vista, el principio puede ser formulado:
“Todo conocimiento tiene que estar fundado”.
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